Los exutorios son dispositivos de evacuación de humos y gases calientes cuya instalación y dimensionado están regulados por un conjunto de normativas de obligado cumplimiento en el ámbito de la edificación. En España, el marco normativo de referencia lo constituye el Documento Básico de Seguridad en caso de Incendio (DB-SI) del Código Técnico de la Edificación (CTE), complementado por el Reglamento de Instalaciones de Protección contra Incendios (RIPCI), aprobado mediante el Real Decreto 513/2017. A nivel europeo, la norma UNE-EN 12101 regula de forma específica los sistemas de control de humos y calor, estableciendo los requisitos de diseño, ensayo, clasificación y marcado CE de estos dispositivos.

Desde el punto de vista normativo, la obligatoriedad de instalación de exutorios queda condicionada al uso del edificio, su altura de evacuación, la superficie de los sectores de incendio y la clasificación del riesgo. Así, son preceptivos en atrios, establecimientos de uso industrial con nivel de riesgo medio o alto —conforme al Reglamento de Seguridad contra Incendios en Establecimientos Industriales (RSCIEI), Real Decreto 2267/2004—, aparcamientos, grandes almacenes y recintos de pública concurrencia que superen determinados umbrales de superficie. El dimensionado de la superficie aerodinámica útil (SAU) se determina mediante cálculo conforme a los métodos analíticos recogidos en la norma UNE-EN 12101-6, o alternativamente mediante simulación dinámica de fluidos (CFD), aceptada por la administración como método de justificación alternativo.

En cuanto a los tipos de control, los exutorios pueden clasificarse atendiendo a su mecanismo de actuación:

  • Control natural (NV): La apertura se produce por diferencia de presión y efecto termosifón, sin aporte energético externo. Son los más extendidos en cubierta y se rigen por la clase de fiabilidad RE 300 o RE 1000 conforme a UNE-EN 12101-2.
  • Control mecánico (MV): Incorporan actuadores electromecánicos o electroneumáticos que garantizan la apertura forzada. Son obligatorios cuando la geometría del edificio no permite la evacuación natural eficaz.
  • Control combinado (NV+MV): Integran ambas modalidades, ofreciendo redundancia operativa y mayor garantía de funcionamiento ante fallo de suministro eléctrico.
  • Sistemas de control centralizado (SHEV): Los exutorios se integran en un sistema de evacuación de humos y calor gestionado por una central de control homologada, con capacidad de activación automática —mediante detectores de humo o termostatos de fusible— y manual, mediante pulsadores de emergencia ubicados en zonas accesibles para los equipos de intervención.

Todos los exutorios deben disponer de marcado CE, declaración de prestaciones y ser objeto de un mantenimiento periódico semestral conforme a lo estipulado en el RIPCI, garantizando su operatividad en condiciones de emergencia real.

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