Requisitos Técnicos de Protección Contra Incendios en Infraestructuras de Recarga de Vehículos Eléctricos Según Normativa Europea y Española

La instalación de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos (IRVE) en espacios públicos y privados requiere la aplicación de medidas específicas de protección contra incendios, conforme a la legislación vigente a nivel nacional y europeo. El diseño, ejecución y mantenimiento de estas instalaciones deben asegurar tanto la seguridad del usuario como la protección de bienes y edificaciones, en cumplimiento con:


1. Normativa Española Aplicable

1.1. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) – ITC-BT 52

  • Establece los requisitos técnicos para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
  • Se exige la instalación de protecciones eléctricas adecuadas (protección contra sobrecargas, cortocircuitos y sobretensiones).
  • Recomendaciones para la separación entre circuitos de recarga y otros servicios generales, así como medidas específicas si la instalación se realiza en garajes comunitarios.

1.2. Código Técnico de la Edificación (CTE)

  • DB-SI (Seguridad en caso de incendio): determina las condiciones que deben cumplir los aparcamientos en cuanto a sectorización, evacuación y detección/extinción de incendios.
  • Los espacios con recarga de VE deben garantizar el cumplimiento de las condiciones de reacción y resistencia al fuego de los materiales (Euroclases, conforme a la norma UNE-EN 13501-1).
  • En garajes con más de 5 plazas, se requiere sistema de detección y alarma.

1.3. Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI, RD 513/2017)

  • Obliga a que los sistemas activos (extintores, detección automática, rociadores) cumplan con normas UNE específicas.
  • La instalación de puntos de recarga en zonas de aparcamiento con riesgo aumentado (por concentración de baterías, cargas elevadas) puede requerir sistemas automáticos de extinción (rociadores o aerosoles condensados).

2. Normativa y Directivas Europeas Aplicables

2.1. Reglamento (UE) 305/2011 – Reglamento de Productos de la Construcción (CPR)

  • Afecta al cableado empleado en instalaciones de IRVE, el cual debe tener reacción al fuego conforme a la Euroclase mínima exigida (normalmente Cca-s1b,d1,a1 o superior en espacios cerrados).
  • Todo material de construcción (incluidos envolventes, protecciones mecánicas, bandejas, etc.) debe tener marcada CE y ficha técnica con características de comportamiento frente al fuego.

2.2. Directiva 2014/35/UE – Baja Tensión

  • Define los requisitos de seguridad eléctrica de los componentes de recarga.
  • Obliga a diseñar dispositivos que prevengan incendios causados por fallos eléctricos internos.

3. Recomendaciones Técnicas y Mejores Prácticas

  • Uso de sensores térmicos y detectores de arco eléctrico para evitar ignición por sobrecalentamiento o fallos de conexión.
  • Instalación de sistemas de ventilación forzada en garajes cerrados con IRVE, conforme a la UNE 100166, para controlar la acumulación de gases inflamables por fallos de batería.
  • Evaluación de riesgo de incendio conforme a la norma UNE-EN ISO 12100 y análisis de peligros específicos de baterías de iones de litio.
  • Inclusión de interruptores automáticos de desconexión de emergencia (emergency shut-off) en estaciones públicas.

4. Mantenimiento y Verificación

  • Las instalaciones deben ser inspeccionadas y mantenidas conforme al RIPCI.
  • Los sistemas de recarga conectados a sistemas de protección contra incendios deben someterse a pruebas periódicas de funcionalidad, conforme a las normas UNE-EN 12845 (rociadores), UNE 23585 (detección), y UNE 23120 (extintores).
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