Requisitos Técnicos de Protección Contra Incendios en Infraestructuras de Recarga de Vehículos Eléctricos Según Normativa Europea y Española
La instalación de infraestructuras para la recarga de vehículos eléctricos (IRVE) en espacios públicos y privados requiere la aplicación de medidas específicas de protección contra incendios, conforme a la legislación vigente a nivel nacional y europeo. El diseño, ejecución y mantenimiento de estas instalaciones deben asegurar tanto la seguridad del usuario como la protección de bienes y edificaciones, en cumplimiento con:
1. Normativa Española Aplicable
1.1. Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (REBT) – ITC-BT 52
- Establece los requisitos técnicos para la instalación de puntos de recarga de vehículos eléctricos.
- Se exige la instalación de protecciones eléctricas adecuadas (protección contra sobrecargas, cortocircuitos y sobretensiones).
- Recomendaciones para la separación entre circuitos de recarga y otros servicios generales, así como medidas específicas si la instalación se realiza en garajes comunitarios.
1.2. Código Técnico de la Edificación (CTE)
- DB-SI (Seguridad en caso de incendio): determina las condiciones que deben cumplir los aparcamientos en cuanto a sectorización, evacuación y detección/extinción de incendios.
- Los espacios con recarga de VE deben garantizar el cumplimiento de las condiciones de reacción y resistencia al fuego de los materiales (Euroclases, conforme a la norma UNE-EN 13501-1).
- En garajes con más de 5 plazas, se requiere sistema de detección y alarma.
1.3. Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios (RIPCI, RD 513/2017)
- Obliga a que los sistemas activos (extintores, detección automática, rociadores) cumplan con normas UNE específicas.
- La instalación de puntos de recarga en zonas de aparcamiento con riesgo aumentado (por concentración de baterías, cargas elevadas) puede requerir sistemas automáticos de extinción (rociadores o aerosoles condensados).
2. Normativa y Directivas Europeas Aplicables
2.1. Reglamento (UE) 305/2011 – Reglamento de Productos de la Construcción (CPR)
- Afecta al cableado empleado en instalaciones de IRVE, el cual debe tener reacción al fuego conforme a la Euroclase mínima exigida (normalmente Cca-s1b,d1,a1 o superior en espacios cerrados).
- Todo material de construcción (incluidos envolventes, protecciones mecánicas, bandejas, etc.) debe tener marcada CE y ficha técnica con características de comportamiento frente al fuego.
2.2. Directiva 2014/35/UE – Baja Tensión
- Define los requisitos de seguridad eléctrica de los componentes de recarga.
- Obliga a diseñar dispositivos que prevengan incendios causados por fallos eléctricos internos.
3. Recomendaciones Técnicas y Mejores Prácticas
- Uso de sensores térmicos y detectores de arco eléctrico para evitar ignición por sobrecalentamiento o fallos de conexión.
- Instalación de sistemas de ventilación forzada en garajes cerrados con IRVE, conforme a la UNE 100166, para controlar la acumulación de gases inflamables por fallos de batería.
- Evaluación de riesgo de incendio conforme a la norma UNE-EN ISO 12100 y análisis de peligros específicos de baterías de iones de litio.
- Inclusión de interruptores automáticos de desconexión de emergencia (emergency shut-off) en estaciones públicas.
4. Mantenimiento y Verificación
- Las instalaciones deben ser inspeccionadas y mantenidas conforme al RIPCI.
- Los sistemas de recarga conectados a sistemas de protección contra incendios deben someterse a pruebas periódicas de funcionalidad, conforme a las normas UNE-EN 12845 (rociadores), UNE 23585 (detección), y UNE 23120 (extintores).